Cómo ser autónomo freelance en España: guía completa (2026)

Resumen rápido: en España, ser freelance significa ser autónomo: si trabajas por tu cuenta de forma habitual y con ánimo de lucro, tienes que darte de alta en Hacienda (modelo 036) y en el RETA de la Seguridad Social. Con la tarifa plana pagas unos 89 € al mes el primer año (80 € de base más el MEI), y después cotizas por tus ingresos reales (desde unos 206 €). Cada trimestre presentas el IVA (modelo 303) y el IRPF (modelo 130), y cada año la Renta. Si facturas a empresas españolas, normalmente llevan retención de IRPF (15 % o 7 % si empiezas); si facturas a clientes extranjeros, la factura suele ir sin IVA y sin retención, pero tú debes apartar los impuestos. La regla de oro: pon tarifas que cubran la cuota, los impuestos y los días sin facturar.

Índice

  1. Qué es un freelance a efectos legales
  2. ¿Es obligatorio ser autónomo?
  3. Pasos para empezar
  4. El epígrafe del IAE
  5. Cuánto cuesta ser freelance: la cuota
  6. Los impuestos del freelance
  7. Cómo facturar
  8. Clientes extranjeros y plataformas
  9. Cómo fijar tu tarifa
  10. Gastos que puedes deducir
  11. Gestoría, programa de facturación y banco
  12. Protección: baja, paro, seguros y jubilación
  13. Riesgos: impagos y falso autónomo
  14. Si tienes otro trabajo
  15. Errores frecuentes
  16. Checklist de los primeros 90 días
  17. Preguntas frecuentes

Qué es un freelance a efectos legales

“Freelance” es un término del lenguaje común. La ley española no tiene una figura distinta: quien trabaja por cuenta propia, sin contrato laboral, prestando servicios a uno o varios clientes, es autónomo o trabajador por cuenta propia. Programadores, diseñadores, traductores, redactores, consultores, fotógrafos o creadores de contenido son ejemplos típicos.

¿Es obligatorio ser autónomo?

Si tu actividad es habitual, sí. Consulta facturar sin ser autónomo: riesgos y multas:

  • Alta en Hacienda: obligatoria desde la primera factura.
  • Alta en el RETA: obligatoria si la actividad es habitual. Un trabajo realmente puntual puede quedar fuera, pero no es una garantía y tiene riesgos.

Pasos para empezar

  1. Decide tu actividad y tu epígrafe del IAE.
  2. Reúne la documentación. Consulta documentación necesaria para darse de alta como autónomo.
  3. Haz el alta en Hacienda (modelo 036), antes de tu primera factura.
  4. Pide el alta en el RETA antes de empezar, hasta 60 días antes, y solicita la tarifa plana en el mismo trámite.
  5. Si vas a facturar a empresas de la UE, pide también el alta en el ROI.
  6. Abre una cuenta para el negocio.
  7. Elige un programa de facturación.
  8. Anota el calendario fiscal.

Todos los detalles están en cómo darse de alta como autónomo paso a paso.

El epígrafe del IAE

Los freelances suelen estar en la sección profesional (con retención de IRPF en facturas a empresas), pero muchas profesiones digitales no encajan claramente en el listado y las fuentes no siempre coinciden. Elige con cuidado, y consulta con una gestoría si dudas. Más información en qué epígrafe del IAE elegir.

Cuánto cuesta ser freelance: la cuota

Los impuestos del freelance

ImpuestoQué esCuándo
IVA (modelo 303)El IVA que cobras menos el que pagasCada trimestre. Consulta modelo 303
IRPF trimestral (modelo 130)Adelanto del 20 % del rendimiento neto acumuladoCada trimestre, salvo la regla del 70 %. Consulta modelo 130
Renta (modelo 100)Ajuste anual de tu IRPFAbril a junio. Consulta declaración de la Renta de autónomos
Resúmenes anualesModelos 390 y 347, si procedeEnero y febrero. Consulta modelo 390 y modelo 347

Tu régimen será, casi seguro, la estimación directa simplificada (los módulos no suelen estar disponibles para profesionales). Consulta estimación directa simplificada vs normal. Todas las fechas, en el calendario fiscal del autónomo 2026.

Regla para no tener sustos: aparta todo el IVA cobrado y entre un 20 % y un 30 % de tu rendimiento neto para IRPF y cuota.

Cómo facturar

Clientes extranjeros y plataformas

Muchos freelances trabajan para clientes de fuera:

ClienteFactura
Empresa de la UE (NIF-IVA válido en VIES)Sin IVA (inversión del sujeto pasivo). Requiere ROI y modelo 349
Empresa de fuera de la UESin IVA español (no sujeta). Sin ROI ni 349
Particular de la UENormalmente IVA español, con excepciones
Retención de IRPFNo se aplica a clientes extranjeros

Importante: sin retención no significa sin impuestos: debes apartar tu IRPF y declarar esos ingresos. Todos los detalles en IVA en facturas a clientes de la UE y de fuera de la UE.

Si trabajas con plataformas (de contratación de freelances), comprueba qué entidad te paga y dónde está establecida: de ello depende si la operación es intracomunitaria o no.

Cómo fijar tu tarifa

El error más común es calcular la tarifa pensando en el sueldo que quieres, sin contar impuestos, gastos y días sin facturar.

Ejemplo ilustrativo (cifras redondeadas):

PasoCálculoResultado
1. Dinero neto que quieres en el bolsillo2.000 €/mes
2. Cuota + IRPF, como aproximación del 30 % del rendimiento2.000 ÷ 0,70≈ 2.860 € de rendimiento neto
3. Gastos profesionales (software, gestoría, equipo…)≈ 300 €/mes
4. Facturación mensual necesaria (sin IVA)2.860 + 300≈ 3.160 €/mes
5. Facturación anual× 12≈ 37.900 €
6. Horas facturables al año (40 h × 46 semanas × 60 % de tiempo realmente facturable)≈ 1.100 h
7. Tarifa por hora (sin IVA)37.900 ÷ 1.100≈ 34 €/hora

Qué enseña el ejemplo:

  • Solo cobras por una parte del tiempo: el resto se va en buscar clientes, reuniones, administración y formación.
  • A tu cliente español le añadirás el IVA y le restarás la retención, según corresponda: el IVA no es tuyo.
  • Vacaciones, bajas y meses flojos también hay que cubrirlos con la tarifa.

(El 30 % es una aproximación. Tu cuota e IRPF reales dependen de tus ingresos y tu comunidad.)

Gastos que puedes deducir

Reducen tu rendimiento neto, tus impuestos y tu cuota. Los más habituales: cuota de autónomos, software, gestoría, equipo, formación, publicidad y seguros. Consulta gastos deducibles para autónomos. Si trabajas desde casa, consulta deducir gastos del hogar si trabajas desde casa. Si usas coche, cómo deducir el coche como autónomo.

Gestoría, programa de facturación y banco

Protección: baja, paro, seguros y jubilación

Ser freelance te da derechos, pero con límites:

Riesgos: impagos y falso autónomo

  • Impagos: reclama pronto, con burofax, intereses y 40 € de costes. Consulta qué hacer si un cliente no paga una factura. Y trabaja con presupuesto aceptado y anticipo.
  • Dependencia de un solo cliente: si más del 75 % de tus ingresos procede de un único cliente, la ley puede considerarte autónomo económicamente dependiente (TRADE), con derechos y obligaciones propios.
  • Falso autónomo: si trabajas con horario, órdenes y medios de la empresa, como si fueras empleado, podría tratarse de una relación laboral encubierta. Es un riesgo para ti y para la empresa. Si te ocurre, consulta con un abogado laboralista.

Si tienes otro trabajo

Puedes ser autónomo y asalariado a la vez (pluriactividad). Tendrás que elegir entre la tarifa plana y la bonificación por pluriactividad, y podrás pedir la devolución del exceso de cotización. Revisa tu contrato por si hay exclusividad. Consulta alta como autónomo siendo trabajador por cuenta ajena.

Y si cobras el paro, puedes capitalizarlo o compatibilizarlo. Consulta capitalizar el paro para ser autónomo.

Errores frecuentes

  • Empezar a facturar antes del alta.
  • No pedir la tarifa plana en el alta.
  • Calcular la tarifa sin cuota, impuestos y días sin facturar.
  • No apartar el IVA y el IRPF.
  • Olvidar que los clientes extranjeros no retienen y pagar de más en la Renta.
  • Facturar sin IVA a la UE sin ROI ni VIES.
  • Depender de un solo cliente.
  • Mezclar gastos personales y profesionales.
  • No presentar los modelos aunque no hayas facturado.
  • Dejar de revisar tu base de cotización durante el año.
  • Ignorar el salto de cuota del mes 13.
  • Trabajar sin contrato ni presupuesto.

Más en errores típicos al darse de alta como autónomo.

Checklist de los primeros 90 días

Antes de facturar

  • ☐ Alta en Hacienda (036) y en el RETA, con tarifa plana
  • ☐ Epígrafe elegido y justificantes guardados
  • ☐ Cuenta bancaria separada

Primer mes

  • ☐ Plantilla de factura o programa de facturación
  • ☐ Calendario fiscal con alertas
  • ☐ Decisión sobre la gestoría
  • ☐ Tarifa calculada con impuestos y gastos

Meses 2 y 3

  • ☐ Primer trimestre presentado (303 y 130)
  • ☐ Libro de ingresos y gastos al día
  • ☐ Cuota sin bonificación calculada y diferencia ahorrada
  • ☐ Seguro de responsabilidad civil o de salud valorado

Más en qué hacer el primer mes como autónomo.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que ser autónomo para ser freelance?
Si tu actividad es habitual, sí. Hay que darse de alta en Hacienda y en el RETA.

¿Cuánto cuesta ser freelance al mes?
Con tarifa plana, unos 89 € de cuota el primer año; después, desde unos 206 € según tu rendimiento, más impuestos y gestoría.

¿Cuándo tengo que presentar impuestos?
Cada trimestre (modelos 303 y 130) y cada año (la Renta).

¿Pongo IVA a un cliente extranjero?
Si es una empresa, normalmente no: UE con NIF-IVA válido y ROI, o no sujeta fuera de la UE.

¿Me retienen IRPF?
Las empresas españolas sí, si eres profesional: 15 %, o 7 % los primeros tres años si cumples los requisitos. Los clientes extranjeros no.

¿Qué tarifa debo cobrar?
La que cubra tu cuota, impuestos, gastos y el tiempo no facturable.

¿Puedo ser freelance y tener empleo?
Sí, con las condiciones de la pluriactividad.

¿Qué es el falso autónomo?
Trabajar como autónomo en una situación que en realidad es laboral. Conviene consultar a un abogado.

Conclusión

Ser freelance en España se resume en tres frases: darte de alta bien y a tiempo, apartar siempre el dinero de los impuestos, y poner una tarifa que cubra todo lo que no se ve (cuota, gestoría, días sin facturar). Si sigues este orden, la parte administrativa deja de ser un problema y te puedes centrar en tu trabajo.

Esta guía te lleva al resto de artículos de la web. Empieza por cómo darse de alta como autónomo paso a paso y por la tarifa plana de autónomos.

Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento profesional. Confirma tu caso con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social o tu gestoría.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio