Resumen rápido: trabajar para clientes extranjeros no cambia tu alta ni tu cuota, pero sí cuatro cosas prácticas: cómo facturas (sin IVA y sin retención en la mayoría de los casos, con ROI y modelo 349 si el cliente es de la UE), en qué moneda cobras (y a qué tipo de cambio lo declaras: el del BCE en la fecha de devengo), cómo te pagan (las comisiones de PayPal, SWIFT o Wise son muy distintas) y qué pasa si el cliente no paga (más difícil de reclamar). Además, sin retención no significa sin impuestos: declaras todo en el modelo 130 y en la Renta y apartas tú el IRPF.
Índice
- Antes de empezar: lo que no cambia
- Antes de aceptar un cliente
- El contrato
- Factura: IVA y retención
- Moneda y tipo de cambio
- Cómo cobrar: comparativa de métodos
- Ejemplo con números
- Retenciones en origen y doble imposición
- Qué declaras y dónde
- Impagos internacionales
- Riesgos y fraudes habituales
- Checklist antes de tu primer cliente extranjero
- Errores frecuentes
- Preguntas frecuentes
Antes de empezar: lo que no cambia
- Eres autónomo en España: alta en Hacienda y en el RETA, tarifa plana y cuota por tramos. Consulta cómo ser autónomo freelance en España.
- Tus ingresos tributan igual que los de clientes españoles en el IRPF: modelo 130 y declaración de la Renta.
- Tu residencia fiscal (en España, normalmente) determina dónde tributas por tu renta mundial.
Lo que cambia es el IVA, las retenciones, la moneda y el cobro.
Antes de aceptar un cliente
- ¿Es una empresa o un particular? Cambia el IVA.
- ¿Dónde está establecido? España, UE o fuera de la UE. Consulta IVA en facturas a clientes de la UE y de fuera de la UE.
- Si es de la UE, comprueba su NIF-IVA en el sistema VIES y guarda la captura. Sin un NIF-IVA válido, no puedes facturar sin IVA.
- ¿Eres tú quien se paga las comisiones o las asume el cliente? Se pacta antes.
- ¿Es un cliente fiable? Busca referencias, su web y su historial, sobre todo si es un cliente nuevo.
El contrato
Con un cliente de otro país, un acuerdo por escrito es aún más importante. Un buen contrato o presupuesto aceptado debería incluir:
- Partes y datos fiscales completos (con el NIF-IVA, si es de la UE).
- Alcance del trabajo, plazos y entregables.
- Precio, moneda y condiciones de pago (plazo, anticipo, hitos).
- Quién asume las comisiones de transferencia y de plataformas.
- Intereses de demora y consecuencias del impago.
- Legislación aplicable y tribunal competente, que conviene pactar de forma expresa.
- Idioma del contrato (o versión bilingüe).
- Propiedad intelectual y confidencialidad, si procede.
- Causas de resolución y preaviso.
Si tu único cliente representa más del 75 % de tus ingresos, consulta autónomo dependiente (TRADE).
Factura: IVA y retención
El resumen, que desarrollamos en el artículo del IVA internacional:
| Tu cliente | IVA | Retención de IRPF | Modelo 349 |
|---|---|---|---|
| Empresa de la UE (NIF-IVA válido) | Sin IVA (inversión del sujeto pasivo) | No | Sí (y ROI) |
| Empresa de fuera de la UE | Sin IVA (no sujeta) | No | No |
| Particular de la UE | Normalmente IVA español, con excepciones | No | No |
- Los clientes extranjeros no te retienen IRPF español: la retención es obligación de pagadores establecidos en España.
- Cuidado con un error frecuente: algunos autónomos aplican el 21 % de IVA o ponen retenciones en facturas internacionales, cuando no corresponde. Facturar sin IVA a una empresa de la UE sin estar en el ROI también es un error: en ese caso, la operación no es intracomunitaria y debes aplicar el IVA español.
- Mención legal en la factura: indica el motivo de la ausencia de IVA. Consulta factura sin IVA: cuándo puede emitirla un autónomo y cómo hacer una factura de autónomo.
Moneda y tipo de cambio
Puedes facturar en la moneda que acuerdes (euros, dólares, libras…), pero a efectos fiscales debes expresar el importe en euros:
- Usa el tipo de cambio de referencia del Banco Central Europeo (BCE) de la fecha de devengo (normalmente, la fecha de emisión de la factura).
- Indica en la factura el tipo de cambio utilizado y el equivalente en euros, y guarda una captura del tipo del BCE de ese día.
- Mantén el mismo criterio a lo largo del tiempo. Algunas fuentes admiten el tipo del día de la factura o el del día del cobro, siempre que seas coherente: consulta con tu gestoría.
- Diferencias de cambio: si entre la factura y el cobro la divisa varía, recibirás más o menos euros de los registrados, y esa diferencia se contabiliza.
Consulta los tipos oficiales en la web del BCE.
Cómo cobrar: comparativa de métodos
| Método | Comisión orientativa | Rapidez | Notas |
|---|---|---|---|
| Transferencia SEPA (zona euro) | Gratuita o muy baja | 1-2 días | La mejor opción con clientes de la zona euro |
| Transferencia SWIFT (internacional) | 15-35 € más el spread del cambio | 3-7 días | Cara y lenta. Pacta quién asume las comisiones (OUR, SHA o BEN) |
| Wise o Revolut Business | 0,4 %-0,8 % aprox. | 1-2 días | Buena relación coste-beneficio en divisas |
| PayPal | 3 %-5 % en operaciones transfronterizas | Inmediato | Rápido y conocido, pero caro |
| Stripe | Aprox. 1,4 % + 0,25 € (UE) y 3,4 % + 0,30 $ (EE. UU.) | Inmediato | Pensado para cobros recurrentes y de particulares |
- Las comisiones de plataformas y bancos son gasto deducible. Guarda los extractos. Consulta gastos deducibles para autónomos.
- Una cuenta multidivisa puede ahorrarte comisiones y cambios. Consulta mejores cuentas bancarias para autónomos.
- Según una fuente, plataformas como PayPal o Stripe informan de los pagos a la Agencia Tributaria desde 2024 (Directiva DAC7). Declara todo lo que cobres.
Las comisiones cambian con frecuencia: comprueba las tarifas vigentes de cada servicio.
Ejemplo con números
Un diseñador autónomo factura 5.000 USD a una empresa de EE. UU., con un tipo del BCE de 1 EUR = 1,08 USD el día de la factura.
| Concepto | Cálculo | Importe |
|---|---|---|
| Factura registrada en euros | 5.000 ÷ 1,08 | 4.629,63 € |
| Cobro 45 días después, con el tipo en 1,12 | 5.000 ÷ 1,12 | 4.464,29 € |
| Diferencia de cambio | 4.464,29 − 4.629,63 | − 165,34 € (pérdida) |
Comisiones sobre ese cobro (orientativas):
| Método | Comisión aproximada | Importe |
|---|---|---|
| Wise o Revolut Business (≈ 0,6 %) | ≈ 27 € | ≈ 4.437 € netos |
| PayPal (≈ 4 %) | ≈ 179 € | ≈ 4.286 € netos |
| SWIFT | 15-35 € más el spread | Variable |
Lo que enseña el ejemplo:
- Facturas 4.630 € en tu contabilidad y cobras menos por el cambio: esa pérdida es un coste del negocio.
- Elegir bien el método de cobro puede suponer más de 150 € de diferencia en una sola factura.
- Para protegerte, puedes facturar en euros (el cliente asume el cambio) o pactar una cláusula de ajuste.
(Cifras ilustrativas con tipos y comisiones supuestos.)
Retenciones en origen y doble imposición
Algunos países retienen impuestos al pagar a un proveedor extranjero (es habitual en ciertos países latinoamericanos y asiáticos, y en EE. UU. cuando se aplican retenciones en origen):
- Qué es: tu cliente te retiene un porcentaje en su país antes de pagarte.
- Convenios de doble imposición: España tiene convenios con más de 90 países. Pueden reducir o eliminar esa retención.
- Cómo activarlo: normalmente hay que acreditar tu residencia fiscal en España (a través del certificado de residencia fiscal de la Agencia Tributaria) y, en el caso de Estados Unidos, rellenar el formulario W-8BEN. Consulta impuestos de un creador de contenido autónomo.
- En la Renta: la retención que hayas soportado en el extranjero puede deducirse por doble imposición internacional, con un límite (el impuesto que pagarías en España por ese mismo ingreso). Guarda los justificantes.
- Reino Unido: el convenio entre España y el Reino Unido sigue en vigor tras el Brexit.
Cada país y cada convenio tienen reglas distintas. Consulta con tu gestoría antes de aceptar clientes de países que retienen.
Qué declaras y dónde
| Modelo | Qué incluyes |
|---|---|
| 303 (trimestral) | Las operaciones con clientes extranjeros, como operaciones no sujetas o intracomunitarias. Consulta modelo 303 |
| 349 (trimestral) | Solo las operaciones con empresas de la UE |
| 130 (trimestral) | Los ingresos de clientes extranjeros, convertidos a euros |
| 390 y 347 | Resúmenes anuales, si procede. Consulta modelo 390 y modelo 347 |
| 100 (la Renta) | Todos los ingresos, y la deducción por doble imposición, si hay retención en origen |
Un recordatorio: aunque tu IVA salga a cero, hay que presentar el 303 y el 349. Consulta el calendario fiscal del autónomo 2026. Y aparta el IRPF: nadie lo retiene por ti. Consulta cuánto cuesta ser autónomo al mes.
Impagos internacionales
Reclamar a un cliente extranjero es más lento y caro que a uno español:
- Prevención: anticipo (30-50 %), pagos por hitos y no entregar el trabajo final hasta cobrar, sobre todo con clientes nuevos.
- Primeros pasos: recordatorio por escrito, y reclamación formal con intereses y costes, como explicamos en qué hacer si un cliente no paga una factura.
- Dentro de la UE: existen procedimientos europeos de reclamación de deudas transfronterizas, más ágiles que un pleito ordinario.
- Fuera de la UE: la reclamación depende de la ley del país del cliente. Valora el coste frente al importe y consulta a un abogado.
- Recuperar el IVA o deducir un impagado: tiene reglas propias. Consulta factura rectificativa.
Riesgos y fraudes habituales
- Cliente que pide trabajo antes de pagar y desaparece.
- Pagos “de más” con devolución de la diferencia (una estafa clásica con cheques o transferencias falsas).
- Cobros que se revierten (contracargos de tarjeta o disputas de PayPal).
- Clientes que piden facturar a otra persona o a una cuenta de un tercero.
- Cuentas o plataformas desconocidas que prometen pagos rápidos.
- Falta de datos fiscales del cliente.
Regla: no entregues el trabajo final hasta que el pago esté confirmado en tu cuenta, y desconfía de cualquier cobro que parezca “demasiado fácil”.
Checklist antes de tu primer cliente extranjero
- ☐ Compruebo si el cliente es empresa o particular y dónde está.
- ☐ Si es de la UE, verifico su NIF-IVA en VIES y estoy dado de alta en el ROI.
- ☐ Tengo un contrato o presupuesto aceptado con precio, moneda, plazo y comisiones.
- ☐ Pido un anticipo si el cliente es nuevo.
- ☐ Elijo el método de cobro con menos comisiones.
- ☐ Sé qué texto legal va en la factura y a qué tipo de cambio la registro.
- ☐ Reviso si su país retiene impuestos y si necesito certificado de residencia o W-8BEN.
- ☐ Aparto el IRPF de cada cobro.
- ☐ Guardo contrato, factura, captura de VIES y tipo de cambio. Consulta cuánto tiempo conservar las facturas.
Errores frecuentes
- Facturar con IVA español a una empresa extranjera, o sin IVA a la UE sin ROI.
- No comprobar el NIF-IVA en VIES.
- Poner retención de IRPF en una factura internacional.
- No convertir a euros con el tipo del BCE, o no guardar el justificante.
- Ignorar las comisiones y los costes de cambio.
- No pactar quién paga las comisiones.
- No presentar el 349 de la UE, aunque el IVA sea cero.
- No declarar lo cobrado por plataformas.
- No apartar el IRPF.
- Trabajar sin contrato ni anticipo con clientes nuevos.
- No revisar las retenciones en origen y perder el derecho a deducirlas.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que cobrar IVA a un cliente extranjero?
Si es una empresa, normalmente no: UE con NIF-IVA válido y ROI, o no sujeta fuera de la UE.
¿Me retienen IRPF los clientes extranjeros?
No, la retención española solo la aplican los pagadores establecidos en España.
¿En qué moneda puedo facturar?
En la que acordéis, pero debes registrar el importe en euros con el tipo de cambio del BCE de la fecha de devengo.
¿Cuál es la mejor forma de cobrar?
Para el euro, la transferencia SEPA; para otras divisas, servicios como Wise o Revolut Business suelen costar menos que PayPal o que una transferencia SWIFT.
¿Las comisiones son deducibles?
Sí, como gasto de la actividad.
¿Qué pasa si el cliente retiene impuestos en su país?
Puede haber un convenio que lo reduzca, y podrías deducir la retención en tu Renta por doble imposición internacional.
¿Qué es el certificado de residencia fiscal?
Un documento de la Agencia Tributaria que acredita que eres residente fiscal en España, útil para aplicar convenios.
¿Qué hago si un cliente extranjero no paga?
Reclama pronto por escrito, valora los procedimientos europeos si es de la UE y consulta a un abogado.
¿Tengo que presentar el modelo 349 con clientes de fuera de la UE?
No, solo con operaciones intracomunitarias.
Conclusión
Trabajar para clientes de otro país es una gran oportunidad, y la parte administrativa es manejable si sigues un orden: comprueba al cliente (y su NIF-IVA), pacta un contrato claro, factura sin IVA y sin retención con la mención correcta, registra el cambio de divisa del BCE, elige un método de cobro barato y aparta el IRPF. Y con clientes nuevos, anticipo siempre.
Consulta también IVA en facturas a clientes de la UE y de fuera de la UE, cómo ser autónomo freelance en España y impuestos de un creador de contenido autónomo.
Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento profesional. La fiscalidad internacional es compleja y depende de cada país: confirma tu caso con la Agencia Tributaria o con tu gestoría.